INE rechaza aceptar firmas en papel para revocación de mandato de AMLO

Fecha: 20/10/2021 | Autor: Thania Muñoz | Categoría: Noticia

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó las propuestas de Morena y de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado para modificar los lineamientos para la revocación de mandato.

En ambas propuestas se plantea que la recopilación de firmas para solicitar este mecanismo de participación ciudadana no sea solo con una aplicación digital, sino que se puedan usar medios impresos en todo el país.

Actualmente, los lineamientos establecen que se obtendrán las firmas para pedir la revocación de mandato mediante una app que desarrolla el órgano electoral, y solo en 204 municipios de alta marginación, se podrá hacer en papel. En total se deben de recabar 2.85 millones de apoyos, solo de quienes cuenten con una credencial de elector.

El consejero presidente Lorenzo Córdova especificó que el INE no puede modificar sus propias decisiones a menos que haya una sentencia o una ley que se lo imponga o una causa fundada que así lo justifique.

“La aplicación ha demostrado ser un mecanismo válido jurídicamente e idóneo técnicamente para recabar apoyos para distintas figuras de participación ciudadana (…) Además de ser la mejor garantía para la protección y seguridad de datos personales de quienes apoyan algunos de estos mecanismos de participación ciudadana”, dijo.

El funcionario negó que el uso de la app obligue a que las personas que quieran apoyar este ejercicio, deban tener celulares o que el apoyo sea solo mediante un teléfono móvil o que sea necesaria la conexión de manera permanente para participar.

Mientras, el consejero Ciro Murayama comentó que el INE está a la espera de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) diga si la app se va a usar de forma exclusiva en la mayoría del territorio nacional o no, pues Morena impugnó la decisión del órgano electoral. Además, señaló que el acuerdo del Senado no es vinculante.

“Ese acuerdo no es vinculante, porque entre otras cosas no cumplió con el trámite legislativo previsto en artículo 72 de la Constitución. No hace falta vestir toga para saber que no se cumplió con lo que la Carta Magna establece”, declaró.

En tanto, la consejera Dania Ravel comentó que la decisión que tomaron para implementar el uso de la aplicación no fue arbitraria porque es un mecanismo que ya ha sido probado y avalado por la Sala Superior del TEPJF, tanto para candidaturas independientes como para la constitución de nuevos partidos políticos.

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